En estos primeros días del año, se han ido implementando muchos más controles al comercio exterior argentino, principalmente al sistema bancario, que es el que permite la compra y venta de divisas para operar con importaciones y exportaciones.
No obstante, en un esfuerzo para regular aún más el egreso de los dólares por los pagos a los proveedores del exterior, se ha puesto en marcha el Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (SIMPES) mediante la Resolución General 5135/2022.
¿Qué es el SIMPES?
Se trata de una declaración jurada que deberán confeccionar desde la web de AFIP las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas, cualquiera sea la forma que adopten, por los pagos que deban realizar al exterior. Con esto se incluyen los pagos por cuenta propia o de terceros o bien cuando actúen como ordenantes de dicho pago, ya sea para cancelar obligaciones propias o de otras personas.
Si bien esta declaración jurada será transmitida a través de los sistemas de la AFIP, se cruzará directamente con los sistemas del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Consecuentemente, nuestro consejo profesional es tener al día las presentaciones de las COM A 6401 o RELEVAMIENTO DE ACTIVOS Y PASIVOS EXTERNOS (RAyPE) para que la SIMPES pueda pasar las validaciones y que no quede en estado NO APROBADA.
Dicho sistema no se aplicará a los entes autárquicos, reparticiones o dependencias del Estado Nacional o de los estados provinciales o municipales.
¿Qué controlará la AFIP?
En cuanto a los sujetos obligados a presentar la declaración jurada, una vez ingresados los datos solicitados a través del servicio con clave fiscal “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” (SIMPES), la Administración Federal analizará:
a) La situación del sujeto a partir de la información disponible en sus registros.
En el caso que se detectaren incumplimientos o irregularidades formales se solicitará su subsanación.
b) La capacidad económica financiera del sujeto mediante el “Sistema de Capacidad Económica Financiera” (Sistema CEF). Si no superara dicho control podrá solicitar un reproceso o manifestar su disconformidad, tal como se encuentra previsto en los artículos 8° y 9° de la RG 4294/2018.
CONCEPTOS ALCANZADOS
Código | Descripción |
S01 | Mantenimiento y reparaciones |
S04 | Otros servicios de transportes |
S05 | Servicios postales y de mensajería |
S07 | Servicios de construcción |
S08 | Primas de seguros |
S09 | Siniestros |
S10 | Servicios auxiliares de seguros |
S11 | Servicios financieros |
S12 | Servicios de telecomunicaciones |
S13 | Servicios de informática |
S14 | Servicios de información |
S15 | Cargos por el uso de la propiedad intelectual |
S16 | Servicios de investigación y desarrollo |
S17 | Servicios jurídicos, contables y gerenciales |
S18 | Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública |
S19 | Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos |
S20 | Servicios de arrendamiento operativo |
S21 | Servicios relacionados con el comercio |
S22 | Otros servicios empresariales |
S23 | Servicios audiovisuales y conexos |
S24 | Otros servicios personales, culturales y recreativos |
Un dato importante es que la declaración efectuada a través del referido servicio “web” -declaración SIMPES- tendrá vigencia durante el mes calendario en el que se realizó y las operaciones con tarjeta de crédito no se encuentran alcanzadas por la mencionada normativa.
Por cualquier consulta, puede enviarnos un email a Valeria.shon@estudioshon.com.ar o un whatsapp al 3487 230264.